El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acaba de pronunciarse, de nuevo, sobre el plazo de prescripción para reclamar los gastos hipotecarios. El TJUE, en una sentencia emitida este jueves, responde así al Juzgado de Primera Instancia número 8 de A Coruña que remitió una cuestión prejudicial.

gastos hipotecarios - diario juridicoreclamador.es recuerda que los jueces europeos ya establecieron, en abril del pasado año, que el plazo de prescripción para reclamar los gastos hipotecarios comienza a correr en el momento que el consumidor tiene toda la información sobre la nulidad de esta cláusula y conoce sus derechos.

Tras analizar la sentencia conocida hoy, Irene Becerra, directora legal de reclamador.es, afirma que “Europa se reitera en su defensa de los consumidores indicando que la declaración judicial del carácter abusivo de tal cláusula debe tener como consecuencia, en principio, el restablecimiento de la situación de hecho y de Derecho en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula.”

Añade que: “aunque fuese posible limitar con un plazo la restitución de las cantidades cobradas de más, el TJUE insiste que ese plazo no sea menos favorable que el aplicable a recursos similares de carácter interno (principio de equivalencia) y no haga imposible en la práctica o excesivamente difícil el ejercicio de los derechos conferidos por el ordenamiento jurídico de la Unión”.

Por último, la directiva señala que “en este sentido, los jueces europeos en nada se oponen a la jurisprudencia ya asentada en la materia, puesto que lo importante es el momento desde el que empezar a computar dicho plazo, que quedó determinado en la Sentencia de 25 de abril de 2024 (C-561/21) donde se indicaba que se establecería en el momento en que el consumidor tiene pleno conocimiento de abusividad de su propia cláusula y los efectos”.

La justicia europea ya estableció en abril de 2024 que el plazo de prescripción para recuperar los gastos hipotecarios comienza a correr en el momento que el consumidor tiene toda la información sobre la nulidad de esta cláusula y sus efectos. Solicitar la nulidad de cláusulas abusivas siempre será imprescriptible para los consumidores, en cambio, los efectos restitutorios estarán limitados en el tiempo a partir de que tengan conocimiento y oportunidad para ejercitar sus derechos.

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